¿FUNCIONA EL CONSEJO RECTOR DE LA EUC?
Estimados miembros de la Asociación de Vecinos de Costa Esuri y propietarios.
En la Asamblea General de la EUC costa Esuri celebrada el día 29 de marzo de 2022, se trató en el punto 4º del Orden del día, la realización de una Auditoría contable de las cuentas de la Entidad.

Tras las explicaciones del Sr. Presidente del C.R. y de la Asamblea, y de las preguntas de los asistentes y respuestas del Consejo Rector y administrador, se sometió a votación; y queda reflejado en el Acta de la Asamblea, que los votos emitidos a favor fueron el 20,94% y en contra 0,80%.
La Asamblea aprobó la realización de la auditoría contable, y el Consejo Rector propuso celebrar una Asamblea extraordinaria caso de ser aprobada y en la misma aprobar el periodo del que se quiera realizar la auditoría según los costes.
Esta cuestión la han tratado los miembros del Consejo Rector en sus reuniones celebradas los días 18 de mayo y 22 de junio. No quiero hacer interpretaciones erróneas de lo que dice o hace el Consejo Rector, y como pienso que muchos miembros de la Entidad no tienen tiempo para buscar y leer las Actas del Consejo, les transcribo lo que dicen.
Reunión del día 18 de mayo.- Situación de la auditoría, empresas elegidas, reuniones en Huelva con las mismas.
Se indica que se ha solicitado al Ayuntamiento por instancia formal, el convenio regulado anteriormente con la Agencia Tributaria para saber condiciones del mismo, y a su vez poder tener más fuerza ante la Agencia Tributaria para la solicitud ya realizada de la contabilidad del mayor de cada propietario de Costa Esuri, que a día de hoy no nos han dado respuesta alguna a través del Ayuntamiento igualmente.
En cuanto a la auditoría, nos indican las mismas que no pueden dar presupuesto de este trabajo debido a que no disponen de los apuntes de los mayores de cada propietario, que como indicamos están en disposición de la Agencia Tributaria.
Se indica que dado que la Asociación de vecinos indicó en la Asamblea General que dispone de presupuestos de auditoría, se aprueba el solicitar a la misma copia de los mismos o facilitar las empresas ejecutoras de estos presupuestos.
Reunión del día 22 de junio.- Situación de la auditoría.
Se informa de los problemas que se tiene para obtener presupuestos, ya que los auditores solicitan poder tener acceso a la información contable de cada propietario que se encuentra en posesión de la Gestión Tributaria y dicho organismo no facilita dicha documentación, dado que es el propio Ayuntamiento el que tiene que dar autorización, y fue solicitada hace meses en instancia y aún no se ha recibido respuesta.
Se recuerda, que se había presentado instancia en el Ayuntamiento de Ayamonte solicitando las condiciones contractuales de la Entidad con la Agencia Tributaria para poder tener fuerza a la hora de realizar solicitudes de información a la misma, y a la fecha, no se ha tenido respuesta.
Se indica que se ha mandado correo electrónico a la presidenta de la Asociación solicitando los presupuestos que habían recibido para tal fin, sin que hasta la fecha se tenga respuesta.
Por todo ello, si no se reciben los datos necesarios se pensaría el realizar una auditoría de la contabilidad de que se dispone.
Las deducciones que hago de lo hasta aquí transcrito son las siguientes, convencido que otras personas pueden pensar otras distintas:
1ª.- En las Actas del Consejo Rector utilizan indistintamente los términos de Agencia Tributaria y Gestión Tributaria y considero se refieren al Servicio de Gestión Tributaria de la Provincia de Huelva o a la Agencia Provincial Tributaria de Huelva que es el Servicio de Gestión anterior con nueva denominación.
2ª.- El Consejo Rector ignora si la EUC Costa Esuri tiene suscrito algún convenio o contrato con el SGTH o la APTHuelva para la gestión de cobro de las cuotas de conservación que pagan los miembros de la Entidad.
3ª.- El Consejo Rector solicita al Ayuntamiento el convenio (qué convenio?) regulado anteriormente con el SGTH.
4ª.- El Consejo Rector y la administración de la Entidad no tienen información suficiente para llevar las cuentas de mayor de cada propietario miembro de la Entidad.
5ª.- El Presidente del Consejo Rector en la Asamblea General del día 29 de marzo dijo, que el coste de la auditoría era de 3.000 € a 4.000 € por cada año a auditar; pero en las Actas del C.R. dicen que las empresas no les dan presupuestos.
6ª.- Las empresas auditoras no facilitan presupuestos porque no disponen de la información contable de las cuentas de mayor de cada miembro de la Entidad.
7ª.- Se ha creado un triángulo mágico o esotérico cuál Triángulo de las Bermudas en cuyos vértices se encuentran el Consejo Rector de la EUC, el Ayuntamiento de Ayamonte y el Servicio de Gestión Tributaria de la Provincia de Huelva, dentro del cual no hay información disponible.
8ª.- El Consejo Rector es incapaz de pedir y reclamar la información que le interesa y necesita. ¿Ha tramitado alguna reclamación al Consejo De Transparencia de Andalucía?
9ª.- Se incumplen los Estatutos de la EUC en lo referente a la contabilidad y la gestión de cobro de las cuotas de conservación.
10ª.- ¿Quién dirige y gestiona la EUC Costa Esuri?
En estas condiciones ¿Cómo puede elaborarse una contabilidad veraz y completa?, ¿Cómo pueden formularse unas Cuentas Anuales completas y veraces?.
Si la EUC Costa Esuri en el pasado delegó o cedió las gestiones necesarias para el cobro de las cuotas ordinarias y extraordinarias al SGTH, debería tener un contrato o convenio entre el SGTH y la EUC Costa Esuri donde se regulen las obligaciones y derechos de cada una de las partes.
Teniendo en cuenta que la EUC Costa Esuri es una entidad de carácter administrativo con personalidad jurídica propia desde el momento de su inscripción en el Registro de Entidades Urbanísticas Colaboradoras, el Ayuntamiento sólo debería intervenir en el proceso de gestión de cobro en el procedimiento de apremio como regula el art. 45º de los Estatutos como Órgano de Tutela, ya que es un procedimiento que sólo pueden realizarlo las administraciones públicas.
El art. 40º de los Estatutos dice que la contabilidad y las Cuentas Anuales se llevarán y obtendrán en base a principios de general aceptación definidos en el marco del derecho contable.
El art. 29º de los Estatutos, dice que es función específica del Consejo Rector: A) Ejecutar los acuerdos de la Asamblea General.
¿A qué espera el Consejo Rector para ejecutar el acuerdo de realizar una auditoría?.
El objeto de una auditoría contable, es la revisión y verificación de las Cuentas Anuales, así como de otros estados financieros o documentos contables, elaborados con arreglo al marco normativo de información financiera que resulte de aplicación.
La auditoría contable consistirá en verificar las Cuentas Anuales a efectos de determinar si expresan la imagen fiel del patrimonio, de la situación financiera y de los resultados de la entidad auditada, de acuerdo con el marco normativo de información financiera que resulte de aplicación.
Es lo que queremos saber muchos miembros de la Entidad desde hace bastante tiempo; si la contabilidad cumple con las normas y principios contables de general aceptación incluidos en el marco normativo contable; y si las Cuentas Anuales expresan la imagen fiel del patrimonio, de la situación financiera y del resultado de la Entidad.
Pido desde este medio de comunicación al Consejo Rector que, a la mayor brevedad, convoque una Asamblea General Extraordinaria para determinar los ejercicios que corresponde auditar (al menos dos), y seleccionar la empresa que la tenga que realizar. Todo lo que no sea así es poner excusas e impedimentos para su realización.
Para información del Consejo Rector, el convenio del Ayuntamiento de Ayamonte y el SGTH vigente desde al año 2007, fue firmado el 29 de marzo de 2007, ratificado por el Ayuntamiento de Ayamonte el 23 de abril de 2007. El nuevo convenio con la APTHuelva, fue firmado el 22/09/2022. Pueden localizarlo en el B.O.P de Huelva o en el Portal de Transparencia del SGTH/APTHuelva.
En el año 2021 se pagó al SGTH por su gestión de cobro en periodo voluntario y en ejecutivo 86.243,28 €. El SGTH realiza la gestión de cobro en periodo voluntario por cesión de la EUC y le paga por ese servicio, ¿Cómo es que la EUC no recibe la información directamente?, ¿Qué organismo no cumple con su deber de informar, el Ayuntamiento, el SGTH?.
Si han llegado al final, gracias por su paciencia y atención, si no lo comprendo y gracias también.
Francisco Tapia Catalán
Hola Francisco,
No puedo hacer otra cosa que agradecerte toda la información que indicas, y también el esfuerzo que tiene que suponer.
Espero que llegue a algún sitio todo lo que dices porque es inaceptable…y gracias por tu sentido del humor con el Triángulo de las Bermudas. Nos hace falta un poco de humor sino no sé qué sería del ser humano
Preguntan:
¿FUNCIONA EL CONSEJO RECTOR DE LA EUC?
Logicamente por las explicaciones que dicen, a los efectos de Costa Esuri, ni funciona el Consejo Rector de la EUC, ni la Administraccion de la EUC, ni el Ayuntamiento de Ayamonte.
Gracias por el trabajo.