
El padrón municipal es el registro administrativo donde figuran todos los vecinos que viven o residen habitualmente en un municipio.
Estar empadronado facilita el acceso a la asistencia sanitaria, a sociales, descuento en algunas tasas, como la de agua, y poder votar en las elecciones al gobierno de Ayamonte, que se celebrarán este año.
Sabemos que hay numerosos residentes en Costa Esuri que no están empadronados en Ayamonte, en gran parte por evitar la tramitación. Sin embargo, ésta es muy sencilla. Se puede hacer presencialmente en el Ayuntamiento o a través de la Sede Electrónica del mismo. La documentación a presentar es:
. Impreso cumplimentado, que les facilitarán en el Ayuntamiento y que también pueden obtener en su página web.
. Copia de su DNI.
. Copia de cualquiera de los siguientes documentos:
– Escritura de propiedad
. Recibos de IBI, o de agua, o de luz, o del seguro de la vivienda.
La Junta Directiva de la Asociación de Vecinos les anima a empadronarse para poder mejor ejercer nuestros derechos como vecinos y ciudadanos. Y, en el momento actual, poder votar, pues los vecinos de Costa Esuri tenemos la posibilidad de decidir quien gobierna en Ayamonte.
Por favor, anulen este anterior dado que hay un error en las fechas.
Procederé a enviar uno corregido, pero en la misma linea
Con el fin de que se este adecuadamente informado, hay que conocer también:
Para poder ejercer el derecho a sufragio en las municipales y autonomicas, hay una serie de requisitos que se deben cumplir: haber nacido antes del 5 de mayo de 2003, es decir, ser mayor de edad; no estar privado del derecho de sufragio activo; tener la nacionalidad española y estar empadronado en con anterioridad al 31 de diciembre de 2020.
Esto no es obvice, que para otras elecciones, se pueda uno empadronarse, por lo que además, a los no nacionales.
Plazos para inscribirse
El ciudadano europeo residente en España puede hacer los trámites de empadronarse y manifestar su intención de voto en elecciones municipales en cualquier momento.
Sin embargo, para poder ser incluido en el censo vigente de las elecciones municipales, se deben realizar los dos trámites anteriores con tiempo suficiente, entre 2 y 3 meses antes de la fecha de la convocatoria de las elecciones.
La intención de voto en elecciones municipales es permanente mientras el elector no se manifieste en sentido contrario.
En los meses previos a la convocatoria de unas elecciones municipales, la Oficina del Censo Electoral envía una carta a los residentes comunitarios en España que no tengan intención de voto declarada y que no se les haya enviado con ocasión de anteriores elecciones municipales, para que, si están interesados en manifestar su voluntad de votar, la lleven a cabo. Esta carta incluye además una clave de tramitación telemática (CTT) con la que poder manifestar su intención de voto en un trámite que se habilita en ese momento en la Sede electrónica del INE.