Inicio de la acción judicial
Esta semana hemos encargado a una firma de abogados de Valladolid el procedimiento contencioso-administrativo que venimos anunciando para que los jueces se pronuncien sobre si la actuación del Consejo Rector de la EUC es o no acorde con los Estatutos.
Los abogados están ya trabajando en el escrito de demanda. Les mantendremos informados del desarrollo de este procedimiento.
Publicamos hoy también una nota sobre aspectos destacables de la actuación del Consejo Rector en relación con las cuentas anuales.
Y agradecemos al Sr. Tapia que una vez más se haya tomado el tiempo necesario para aclararnos estos aspectos de forma detallada y comprensible.
COMENTARIOS AL ACTA DE LA AGO DE LA EUC COSTA ESURI DEL 30-03-2022
Estimados miembros de la Asociación de Vecinos de Costa Esuri; mis comentarios esta vez se van a referir a los puntos 2º y 5º del Acta que se refieren a las Cuentas Anuales de 2021 y al Presupuesto para 2022.
En días pasados se ha publicado el Acta de la Asamblea General Ordinaria celebrada el día 30-03-2022 habiendo transcurrido dos meses desde su celebración y el Consejo Rector no ha dado ninguna explicación de la demora, además se ha publicado con disimulo dentro del portal de transparencia y no en la primera página dónde todavía consta la convocatoria de la Asamblea y sin referencia a su fecha de publicación. Esta publicación no exime al Consejo Rector de realizar las notificaciones del Acta a los miembros de la Entidad como establecen los Estatutos.
Considero que el Consejo Rector ha actuado de una forma poco transparente y con un procedimiento indebido como en tantas otras ocasiones.
1º).- Punto 2º Aprobación, si procede, de las cuentas del ejercicio 2021.
En la Asamblea se expusieron las cuentas que se habían publicado previamente en el portal de transparencia de la página web de la Entidad y de las que hice comentarios.
Vengo señalando desde hace tiempo, la improcedencia de utilizar por parte de la administración de la Entidad el documento de Ingresos/Gastos para las cuentas de la EUC Costa Esuri, como si se tratara de una comunidad de propietarios de las reguladas en la Ley de Propiedad Horizontal.
En varias reuniones del Consejo Rector han hablado de la claridad de las cuentas y su forma de presentación, indicando que se quería mejorar ante las quejas manifestadas en anteriores Asambleas. Este año tras admitir y anunciar que se formulaban siguiendo la adaptación del Plan General de Contabilidad para las Entidades sin ánimo de lucro, además del formato de comunidades de propietarios han publicado las cuentas mediante un Balance de situación, una Cuenta de Resultados y una Memoria con muy poco rigor y profesionalidad, omitiendo mucha información importante para conocer la situación económico-financiera de la Entidad.
Está bien claro en los Estatutos de la EUC Costa Esuri que la contabilidad y las Cuentas Anuales se llevarán y obtendrán en base a principios y criterios de general aceptación definidos en el marco del derecho contable.
La formación de las Cuentas Anuales es responsabilidad del Consejo rector, aunque se valga y ayude de elementos auxiliares externos para ello.
Las Cuentas Anuales de una pequeña entidad sin ánimo de lucro, comprenden el Balance, la Cuenta de Resultados y la Memoria como mínimo.
Las Cuentas Anuales deben redactarse y formularse con claridad para que la información suministrada sea comprensible y útil para los miembros de la Entidad y otros interesados, debiendo mostrar la imagen fiel del patrimonio, de la situación financiera y de las variaciones originadas en el patrimonio neto durante el ejercicio, así como la actividad desarrollada, de conformidad con las disposiciones legales.
En la Memoria de las Cuentas Anuales se puede incorporar un estado de flujos de efectivo para mayor información y en particular contendrá una detallada descripción del grado de cumplimiento de la actividad de la Entidad.
En los Estatutos se detalla que la Cuenta de Resultados se pondrá en relación con el presupuesto acumulado a la fecha de referencia y que las Cuentas Anuales serán intervenidas por el Consejo Rector.
La Asamblea General Ordinaria aprobará, total o parcialmente, los estados financieros citados, así como la gestión derivada de la administración de los fondos de la Entidad.
En el Acta se dice que, según el resultado de la votación efectuada NO se han aprobado las Cuentas Anuales del ejercicio 2021 ni parcialmente ni totalmente.
¿Supone la no aprobación de las Cuentas Anuales en la Asamblea General un voto de censura y desaprobación a la gestión realizada por el Consejo Rector y la administración de la Entidad?; yo entiendo que sí.
¿Qué pasa ahora?, pues, en buena lógica, entiendo que el Consejo Rector y la administración deberían elaborar y formular unas nuevas Cuentas Anuales cumpliendo con los principios, criterios y normas de elaboración recogidos en el Plan de Contabilidad para pequeñas entidades sin fines lucrativos y someterlas nuevamente a su aprobación o no en una Asamblea General Extraordinaria.
¿Se realizó alguna votación para aprobar o desaprobar la gestión realizada por el Consejo Rector? Yo estuve en la Asamblea y no se realizó la votación porque el Consejo Rector desde el año 2016 omite el hacer una memoria de la gestión realizada e incluir en el Orden del Día un punto para poder someter a votación la gestión realizada.
Al margen de las Cuentas Anuales aunque no lo mencionan los Estatutos , el Plan de Contabilidad de Entidades sin Fines Lucrativos, regula el PLAN DE ACTUACIÓN como documento de vital importancia, ya que proyecta las Cuentas Anuales a futuro, identificando las actividades a realizar y reflejando la estrategia de la EUC a medio y largo plazo, asegurando su viabilidad mientras sea necesario.
Algunos comentarios que en el acta se hacen a las explicaciones que solicitaron algunos de los asistentes a la Asamblea, son dignos de los Hermanos Marx y no voy a comentar.
2º).- Aprobación si procede del Presupuesto para el año 2022.
Los Estatutos de la Entidad dicen en su artículo 39º.-Presupuesto que, “En el último trimestre de cada ejercicio, el Consejo Rector formulará los presupuestos provisionales para el ejercicio económico siguiente.”
Es competencia de la Asamblea General según el artículo 21º, analizar, debatir y aprobar el presupuesto económico de cada ejercicio.
¿Cuándo nos hemos enterado del Presupuesto para el año 2022 los miembros de la EUC?, después de publicarse la convocatoria de la Asamblea General.
El Consejo Rector desde su nombramiento se ha reunido en tres ocasiones, en ninguna de ellas se trató ni se aprobó el presupuesto.
El Presupuesto, a diferencia de las Cuentas Anuales, no tiene un formato o una estructura tipo, debiendo considerar normalmente en su contenido sólo los conceptos de ingresos y gastos corrientes del ejercicio salvo que realizase inversiones, ya que entonces debería incluir su influencia en los gastos o ingresos corrientes.
Respecto de los gastos, es importante que todos los que se presupuesten sean para cumplir su objeto y finalidad señalada en los estatutos, pues los gastos que excedan de este cometido pueden ser considerados impropios y lesivos por los miembros de la Entidad y ser objeto de impugnación ante el municipio y los Tribunales.
Se ha presentado a la Asamblea un presupuesto provisional, pero cuando se realizó la Asamblea ya se había arreglado la cancha deportiva, de la que se habla en el presupuesto en el punto 4º.-Reparación y reposición de infraestructuras y equipamiento. Se dijo en la Asamblea que la cancha deportiva es una instalación irregular, está ubicada en una parcela de titularidad municipal que no es de uso deportivo, por lo que no corresponde a la EUC su mantenimiento y conservación.
En el Presupuesto provisional se incluyen partidas para realizar actuaciones fuera del objeto y finalidad de la EUC recogidos en los Estatutos, por lo que no deberían aprobarse.
Considero que la actuación del Consejo Rector es desleal con los miembros de la Entidad y con la Asamblea General no ofreciendo alternativas de actuaciones de mantenimiento y conservación tan necesarias o más que las que ha propuesto, y se ha puesto a ejecutarlas con antelación a saber si el presupuesto estaba aprobado o no, desconociendo el importe de ejecución de las diversas actuaciones, pues a la Asamblea no aportó ni proyectos ni informes ni presupuestos de ejecución de cada actuación.
El día 16 de mayo solicité por escrito información detallada al consejo Rector sobre los trabajos realizados en la cancha deportiva, sobre los trabajos a realizar en los parques infantiles y otros; todavía estoy esperando su respuesta.
No me parece correcta la forma de cuadrar el presupuesto con una estimación del importe de las cuotas que se dejan de pagar en el ejercicio (las llaman de dudoso cobro), y asignando importes estimados a las partidas de ingresos y gastos sin tener en cuenta la ejecución presupuestaria de ejercicios anteriores.
El Presupuesto según la votación recogida en el Acta fue aprobado por un coeficiente de votos a favor del 13,097% y en contra 8,045%.
Considero que las Cuentas Anuales presentadas no cumplen los requisitos señalados en los Estatutos; y el Presupuesto no se ajusta a su finalidad al incluir actuaciones que exceden el objeto y finalidad de la EUC; ya ocurrió con el contrato que se hizo para promocionar Costa Esuri y tener una mejor comunicación el Consejo Rector a través de “Ayamonte Existe”, ¿Qué pasó? Sin explicaciones se revocó el contrato causando un perjuicio al patrimonio de la Entidad.
Considero que hay suficientes motivos para impugnar la Asamblea General desde el momento de su convocatoria y así lo he hecho. Con la publicación del Acta se refuerzan los motivos, especialmente por la falta de transparencia del proceso de votación y recuento de votos y porcentajes. ¿Qué comprobación hay de que los porcentajes asignados a cada propietario que participó en la Asamblea es correcto? Sin un CENSO de propietarios con derecho a voto (o de los que no pueden votar), unas votaciones públicas, y una mesa de votación o interventores, las votaciones no son transparentes y carecen de valor. Hay personas que asistieron, votaron y no aparecen en el Acta. Hay porcentajes de votos que admiten muchas dudas que sean correctos y se incumplen los Estatutos.
Francisco Tapia Catalán
Gracias Francisco, por el interés y trabajo realizados, en beneficio de todos.
Muchas gracias.