“Primero. Estimar la reclamación interpuesta por la Asociación de Residentes de Costa Esuri La Luz, representada por Da. Nieves Gómez Rey, contra la Entidad Urbanística de Conservación Costa Esuri, por denegación de información pública.
Segundo. Instar a la Entidad Urbanística de Conservación Costa Esuri a que, en el plazo de quince días desde el día siguiente al que se le notifique esta Resolución, realice las actuaciones previstas en el Fundamento Jurídico Cuarto.
Tercero. Instar a la citada Entidad a que remita a este Consejo, en el plazo de quince días a contar desde el día siguiente al que se le notifique esta Resolución, las actuaciones realizadas, incluyendo la acreditación del resultado de las notificaciones practicadas. “
¡Enhorabuena a la directiva por los frutos de vuestra gestión!
Gracias.