UN SENCILLO EJERCICIO DIDACTICO

La Entidad Urbanística de Conservación “Costa Esuri” es una de las muchas EUC’s que existen en España en las que se integran miles de propietarios en Urbanizaciones alejadas del núcleo del término municipal, como es nuestro caso. Y muy frecuentemente, son una figura mal comprendida debido a que no hay el adecuado conocimiento de su concepto, de sus funciones y de sus objetivos.

Este es un motivo de descontento entre los propietarios, y de conflicto con las EUC’s y el Ayuntamiento.

Nos interesa saber que las EUC’s son entes de naturaleza pública, entes administrativos, que realizan funciones que en principio debería realizar el Ayuntamiento, gestionando elementos de dominio público. Esto las diferencia radicalmente de una Comunidad de Propietarios. En una Comunidad de Propietarios concurren bienes privativos y otros de la colectividad, pero no bienes de dominio público.

Las EUC’s, por el contrario, tienen como obligación conservar las obras de urbanización y mantener las dotaciones e instalaciones de los servicios públicos. Conservan y mantienen viales, zonas verdes, alumbrado etc, que no son suyos, que son del Ayuntamiento. Realizan funciones de carácter urbanístico.

Todos quienes adquirimos una propiedad en una zona de actuación urbanística son por mandato de las normas urbanísticas miembros de la EUC y están obligados a pagar las cuotas que establezca su Asamblea General. Quien adquiere una propiedad en una zona de actuación urbanística tiene que saber que éste va a ser uno de las gastos inherentes a su vivienda. Figure o no en su escritura de compraventa. Tampoco figura el IBI.

Los miembros de la EUC pueden por sí solos impugnar los acuerdos de la Asamblea General, las cuentas, las votaciones. Se puede cambiar o recusar al Consejo Rector si no se está de acuerdo con su gestión.

Lo que no pueden hacer los miembros de la EUC por sí solos es disolverla. Por qué? Porque la EUC tiene obligaciones de las que todos los miembros respondemos y se nos exigirán. Porque la disolución exige que se cumplan unos requisitos que establecen las leyes y los estatutos, requisitos que hoy por hoy nuestra EUC no reúne ni de lejos.

Esa es la realidad, nos guste o no.

2 comentarios en “UN SENCILLO EJERCICIO DIDACTICO”

  1. Maria José cuadrado

    Buenas soy propietaria y pago mi cuota de E. U. C pero en concreto veo que la de Costa Esuri si realmente es competencia de ella las calles, acerados y en concreto los badenes los veo en segundo plano tendrían que tenerlos en cuenta, la jardinería se ve fantástica a simple vista pero hay que atender las viales y badenes. Gracias

    1. Hoy por hoy, todos los viales son responsabilidad de la EUC de Costa Esuri, incluidos esos badenes y pasos de peatones. La reclamación debe hacerse al Consejo de la EUC. Comfortservi se ocupa del mantenimiento de las zonas verdes.

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